La gran Reforma católica: El Concilio de Trento


Dios hizo surgir la reforma católica 163, no sólo para combatir al protestantismo, sino para lanzar con más claridad la doctrina de la Iglesia católica.


La antigua cristiandad europea explotó en múltiples iglesias opuestas a Roma. Seriamente amputada, la Iglesia romana reaccionó intentando reformarse164 . Incluso algunos príncipes católicos se lanzaron incluso a una reconquista armada. A todo esto es a lo que se da a veces el nombre de contrarreforma. No es exacta la expresión contrarreforma porque parecería que aprobase la de reforma de Lutero, que en realidad no fue reforma sino un complejo dogmático, disciplinar y moral, no siempre bien aclarado. Además, para reformar la Iglesia no es necesario destruirla ni separarse de ella, como hizo Lutero, sino permanecer fiel a ella. Tampoco es exacto ese término de contrarreforma porque daría la impresión de que la restauración de la Iglesia católica sería una mera reacción contra el protestantismo, siendo así que la Reforma de la Iglesia católica es eminentemente constructiva, vital y positiva.


La Iglesia católica convocó el concilio de Trento 165 (1545-1563), bajo los Papas Paulo III166 , Julio III167 y Pío IV.


El fin y el objeto de Trento fue salvar la ortodoxia de las costumbres, mantener la unidad de la Iglesia, reanimar la santidad en el clero y el pueblo. El papa se ayudó, para la reforma de obispos y diócesis, de los teatinos, fundados por san Cayetano Thiene y Pedro Caraffa.


Trento abrió una nueva era a la iglesia y sus decretos empezaron a practicarse por toda la cristiandad. El concilio además de abocarse a la reforma de las costumbres168 , se centró sobre todo en aclarar la doctrina católica, negada por Lutero.



En la primera etapa del concilio
(1545-1547),

siendo Papa Paulo III, se reconoció el valor de la tradición apostólica, igual al de la Escritura como fuente de fe; se definió el canon 169 de los libros inspirados; se declaró el significado de la Vulgata, no en el sentido filológico (ausencia de errores de traducción), sino en el dogmático 170; se proclamó como norma de interpretación de la Escritura la opinión común de los santos padres y el juicio de la Iglesia; se publicaron los decretos dogmáticos sobre el pecado original y sobre la justificación,171 ; se llevó a examen y se definió la doctrina sobre los sacramentos en general y del bautismo y de la confirmación en particular, y se dio una serie de decretos de reforma respecto a la predicación, la obligación de residencia y el cúmulo de beneficios.

En la segunda etapa (1551-1552),


siendo Papa Julio III, prosiguieron los decretos relativos a la eucaristía, a la penitencia y a la extremaunción, además de los concernientes al ejercicio de la autoridad episcopal, las costumbres del clero y la colación regular de los beneficios eclesiásticos.



En la tercera etapa (1561-1563)


siendo Papa Pío IV, se promulgaron los decretos sobre la comunión bajo las dos especies, que declararon no necesaria; sobre el carácter sacrificial de la misa; sobre los sacramentos del orden y del matrimonio; sobre el purgatorio, la veneración de los santos, de las imágenes y reliquias. Simultáneamente se dieron cuarenta y dos artículos, que pueden ser considerados como la esencia de la reforma tridentina, concernientes a los más importantes sectores de la vida eclesiástica: acerca de la residencia de los obispos, las condiciones para la colación de las órdenes por parte de los obispos, el uso del latín en la celebración de la misa y administración de sacramentos, sobre la disciplina del clero, la formación eclesiástica, etc.



El 15 de julio de 1563 se aprobó el importante decreto sobre la erección de los seminarios; solamente por él se podían dar por bien empleados todos los trabajos del concilio. Igualmente, se legisló sobre diversos aspectos de la vida en la Iglesia: el matrimonio que invalidaba los matrimonios clandestinos, las indulgencias, los ayunos, las visitas pastorales, la observancia de los días festivos, la acumulación de beneficios, la reforma de las órdenes religiosas... Y propició, además, que más tarde se publicara el misal y el breviario, el Catecismo Romano y del índice de libros prohibidos.


En esta última etapa asistieron 225 Padres: seis cardenales, tres patriarcas, 193 arzobispos y obispos, siete abades y siete superiores generales de órdenes religiosas, 39 procuradores de otros tantos prelados ausentes.


Habían pasado dieciocho años desde su inauguración. Pío IV confirmó los decretos conciliares mediante la bula “Benedictus Deus” (1564) e instituyó la Congregación del Concilio para la mejor interpretación de los mismos y su ejecución. Tales decretos fueron aceptados sin reserva por la mayor parte de los soberanos y de los Estados católicos. Sólo Francia admitió los dogmáticos, pero no los disciplinares.